CONTABILIZAR LOS
RECURSOS DE OPERACIÓN, INVERSIÓN Y FINANCIACIÓN DE ACUERDO CON LAS NORMAS Y
POLÍTICAS ORGANIZACIONALES.
CONTENIDO
- Introducción
- Definición de Empresa
- Requisitos para legalizar una empresa
- Razón Social
- Clasificación de las Empresas
- Clasificación de Personas
- Tipos de Sociedades
- ¿Quiénes son Comerciantes?
- ¿Cuáles son las obligaciones del Comerciante?
- ¿Cuáles son los trámites de los Comerciantes?
Conclusiones
Bibliografía
Bibliografía
1. INTRODUCCIÓN
El
objetivo de este trabajo es proporcionar los conceptos generales de empresa. En
él se describen los pasos necesarios que debe realizar un comerciante en Colombia
para formalizar la creación de su empresa, su razón social, como también se
detallan las diferentes clasificación de las empresas, sociedades y personas.
Al final se definirá quienes son comerciantes, cuales son las obligaciones de
estos y los trámites legales que deben realizar para tener derecho a ejercer su
actividad, de acuerdo con las normas de cada municipio del país.
2 2. DEFINICIÓN DE EMPRESA
Según
el Código de Comercio, Art. 25 “Se entenderá por empresa toda actividad
económica organizada para la producción, transformación, circulación,
administración o custodia de bienes o para la prestación de servicios”
Por
lo tanto, se puede decir que una empresa es una actividad económica que genera
utilidad al prestar un servicio o comercializar un producto.
3. REQUISITOS PARA LEGALIZAR
UNA EMPRESA
Los
pasos para crear o legalizar una empresa son:
3.1 Asesoría
3.2 Consultas
3.3 RUT (+)
3.4 DOCUMENTOS DE CONSTITUCIÓN (*)
3.5 FORMULARIOS
3.6 FORMALIZACIÓN
3.1 Asesoría
3.2 Consultas
3.3 RUT (+)
3.4 DOCUMENTOS DE CONSTITUCIÓN (*)
3.5 FORMULARIOS
3.6 FORMALIZACIÓN
*
Solo para Personas Jurídicas
+
No lo realizan los Establecimientos de Comercio
Con el fin de facilitar el promover el proceso de creación de empresa y apoyar de manera decidida y tangible a los empresarios, las Cámaras de Comercio del País han dado el inicial al proceso de simplificación de trámites, el cual se ha traducido al Centro de atención Empresarial CAE para que el empresario gestione todas sus obligaciones y documentos en un solo lugar. Ingrese a:
Cámara de Comercio, Cúcuta, Norte de Santander
Fondo Emprender - Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Cucuta, N. de S.
Proempresas - Universidad Francisco de Paula Santander
En cada uno de estos lugares los ciudadanos recibirán orientación especializada gratuita sobre las actividades que va a desarrollar. Para mayor información ingrese a:
Proempresas - Universidad Francisco de Paula Santander
En cada uno de estos lugares los ciudadanos recibirán orientación especializada gratuita sobre las actividades que va a desarrollar. Para mayor información ingrese a:
http://www.cccucuta.org.co/,
http://senaregionalnortesantander.blogspot.com/p/fondo-emprender.html y
http://senaregionalnortesantander.blogspot.com/p/fondo-emprender.html y
Antes de registrarse en la Cámara de Comercio se deben realizar
las siguientes consultas virtualmente:
Tipo de empresa: Para
crear una empresa confirme el tipo de empresa a crear. Para las:
- Personas Naturales: En esta clasificación no existen opciones de empresa.
- Personas Jurídicas: Para esta clasificación existen las siguientes tipos de empresa:
Sociedad por Acciones Simplificada
Sociedad Limitada
Empresa Unipersonal
Sociedad Anónima
Sociedad Colectiva
Sociedad Comandita Simple
Sociedad Comandita por Acciones
Empresa Asociativa de Trabajo
Para mayor información ingrese a:
Nombre del establecimiento o Razón Social:Cuando se va a matricular un establecimiento de Comercio, confirme
que el nombre que quiere usar, no se encuentre matriculado. Ingrese a:
Marca y Patentes: Ingrese
a:
Actividad:La actividad
económica de la empresa (Código CIIU). Ingrese a:
Uso de suelo: En la
Secretaria Distrital de Planeación, si la actividad que va iniciar puede desarrollarse
en el lugar previsto para su funcionamiento. Ingrese a:
El registro Único Tributario se adquiere en la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN,
para que obtenga el número de identificación tributaria (NIT), el cual es
necesario para identificarse en el desarrollo de las actividades comerciales.
Para este número de identificación, el cual es expedido en una tarjeta, se debe
realizar el trámite correspondiente en la DIAN, que se encuentre en el
municipio donde se está domiciliado.
Por medio del RUT se puede
realizar los siguientes trámites:
Asignación del Número de
Identificación Tributaria (NIT).
Inscripción en el registro
de vendedores si es responsable del Impuesto del Valor Agregado (IVA).
El
Registro Único Tributario (RUT), administrado por la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales (DIAN), constituye el mecanismo único para identificar,
ubicar y clasificar a los siguientes sujetos:
- Las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes, declarantes de impuesto sobre la renta y no contribuyentes.
- Declarantes de ingresos y patrimonio.
- Responsables del régimen común y los pertenecientes al régimen simplificado.
- Los agentes retenedores, importadores, exportadores y demás sujetos con obligaciones administradas por la DIAN.
- Los demás sujetos con obligaciones administradas por la DIAN.
El
Número de Identificación Tributaria (NIT), constituye el código de
identificación de los inscritos en el RUT.
Este
número lo asigna la DIAN a las personas naturales o jurídicas nacionales o
extranjeras o a los demás sujetos con obligaciones administradas por dicha
entidad.
Con
este formulario junto con los demás documentos exigidos para la matrícula, la
DIAN asigna el NIT y lo incorpora en el certificado de existencia y representación
legal.
Según la Resolución 12383 de 2011 expedida por la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para obtener la asignación del NIT a
través de la Cámara de Comercio se debe seguir el procedimiento que se describe
a continuación:
Los Decretos 2645 y 2820 de 2011 modificaron los requisitos para el proceso de inscripción y actualización del Registro Único Tributario (RUT). Por su parte, laResolución 12383 de 2011 recientemente expedida por la DIAN regula la inscripción y actualización del RUT a través de las Cámaras de Comercio del país. Por lo tanto:
Si aún no tiene RUT: la Cámara de Comercio realizará este trámite (siempre que su deseo sea matricularse como comerciante). Usted podrá recibir asesoría especializada o realizarlo consultando la siguiente información:
Personas autorizadas para realizar la solicitud:
1. La persona natural interesada en realizar la inscripción en la Matrícula Mercantil o.
2. Apoderado del interesado (persona natural o jurídica) debidamente acreditado mediante poder.
Documentos que debe allegar:
Fotocopia de documento de identidad de quién realiza el trámite con exhibición del original. Cédula original de la persona que se matricula.
Cuando el trámite se realice mediante poder, la persona debe adjuntarlo en original o fotocopia.
Formulario borrador del RUT (Pre - RUT), el cual debe contener la anotación "Para Trámite en Cámara" con huella dactilar de quien hace la solicitud, el cual adquiere por el portal www.dian.gov.co.
Fotocopia de un recibo de servicio público domiciliario (agua, luz, gas y los demás cuya prestación se encuentre sujeta a vigilancia por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios) con exhibición del original, que corresponda a la dirección informada en el formulario de Inscripción en el Registro único Tributario RUT o del Boletín de Nomenclatura Catastral correspondiente al año de la inscripción, última declaración o recibo del impuesto predial pagado. No es necesario que en los documentos mencionados en este literal figure el nombre de quien solicita la inscripción.
Si la persona natural es responsable del Impuesto sobre las Ventas del Régimen Común, es importador o exportador (salvo que se trate de un importador ocasional), debe adjuntar adicionalmente constancia de titularidad de cuenta corriente o de ahorros activa con fecha de expedición no mayor a un (1) mes en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o último extracto de la misma.
Si ya tiene el RUT y desea matricularse, debe allegar fotocopia del formulario RUT.
Si ya tiene RUT y desea actualizarlo, diríjase a las oficinas de la DIAN para tal efecto.
Nota: El número de formulario (casilla 4) del RUT debe ser registrado en el "Formulario adicional de Registro con otras entidades" en las casillas correspondientes al "Número de Formulario DIAN".
Los Decretos 2645 y 2820 de 2011 modificaron los requisitos para el proceso de inscripción y actualización del Registro Único Tributario (RUT). Por su parte, laResolución 12383 de 2011 recientemente expedida por la DIAN regula la inscripción y actualización del RUT a través de las Cámaras de Comercio del país. Por lo tanto:
Si aún no tiene RUT: la Cámara de Comercio realizará este trámite (siempre que su deseo sea matricularse como comerciante). Usted podrá recibir asesoría especializada o realizarlo consultando la siguiente información:
Personas autorizadas para realizar la solicitud:
1. La persona natural interesada en realizar la inscripción en la Matrícula Mercantil o.
2. Apoderado del interesado (persona natural o jurídica) debidamente acreditado mediante poder.
Documentos que debe allegar:
Fotocopia de documento de identidad de quién realiza el trámite con exhibición del original. Cédula original de la persona que se matricula.
Cuando el trámite se realice mediante poder, la persona debe adjuntarlo en original o fotocopia.
Formulario borrador del RUT (Pre - RUT), el cual debe contener la anotación "Para Trámite en Cámara" con huella dactilar de quien hace la solicitud, el cual adquiere por el portal www.dian.gov.co.
Fotocopia de un recibo de servicio público domiciliario (agua, luz, gas y los demás cuya prestación se encuentre sujeta a vigilancia por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios) con exhibición del original, que corresponda a la dirección informada en el formulario de Inscripción en el Registro único Tributario RUT o del Boletín de Nomenclatura Catastral correspondiente al año de la inscripción, última declaración o recibo del impuesto predial pagado. No es necesario que en los documentos mencionados en este literal figure el nombre de quien solicita la inscripción.
Si la persona natural es responsable del Impuesto sobre las Ventas del Régimen Común, es importador o exportador (salvo que se trate de un importador ocasional), debe adjuntar adicionalmente constancia de titularidad de cuenta corriente o de ahorros activa con fecha de expedición no mayor a un (1) mes en una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia o último extracto de la misma.
Si ya tiene el RUT y desea matricularse, debe allegar fotocopia del formulario RUT.
Si ya tiene RUT y desea actualizarlo, diríjase a las oficinas de la DIAN para tal efecto.
Nota: El número de formulario (casilla 4) del RUT debe ser registrado en el "Formulario adicional de Registro con otras entidades" en las casillas correspondientes al "Número de Formulario DIAN".
3.4 DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN
a. Minuta de constitución:
Por documento privado si la empresa a constituir posee activos totales por
valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes ó
una planta de personal no superior a diez (10) trabajadores y no se aportan
bienes inmuebles. (Ley 1014 de 2006, Decreto 4463 de 2006).
Nota:
Independientemente del valor de los activos o de la planta de personal, también podrá constituir su empresa por documento privado a través de la figura de
Sociedad por Acciones Simplificada con las formalidades que establece la Ley
1258 de 2008.
La
empresa unipersonal puede constituirse igualmente por documento privado,
indistintamente de sus activos o su planta de personal, de conformidad con lo
preceptuado en el Artículo 72 de la Ley 222 de 1995.
Este
documento privado debe contener presentación personal de todos los socios o
accionistas ante Notaría, o en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio
al momento de presentarlo para registro.
b. Escritura pública:
En cualquier notaría sin importar el valor de los activos o el número de
trabajadores, según lo establecido en el Artículo 110 del Código de Comercio.
Cuando se aporten bienes inmuebles, el
documento de constitución deberá ser por escritura pública, el impuesto de
registro deberá ser cancelado en oficina de instrumentos público y presentar
copia del recibo o certificado de libertad que acredite la inscripción previa
de la escritura pública en esa oficina, al momento de presentar los documentos.
Diligencie los siguientes
formularios:
1. El Formulario Registro Único Empresarial y Social (RUES)
Este formulario se
diligencia en La Cámara de Comercio, según la Resolución 60222 de la
Superintendencia de Industria y Comercio, desde
el 1 de enero de 2013 se debe diligenciar el nuevo
Registro Único Empresarial y Social (RUES), un formulario que a partir de
la fecha integrará la información de los siguientes registros:
- Registro Mercantil
- Registro único de proponentes
- Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro
- Régimen Común (Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones) y Entidades Economía Solidaria (Cooperativas, Precooperativas, Fondos de Empleados y Asociaciones Mutuales)
- Registro de Actividades y Juegos de Azar
- Registro de Veedurías Ciudadanas *
- Registro de Economía Solidaria
A través de este nuevo
formulario, se unificará la información y se reducirán los trámites que
realizan los usuarios de los registros públicos.
* Aplicará sólo cuando se matricule o inscriba.
2. Caratula Única Empresarial y anexos según corresponda (Persona
Natural, Persona Jurídica, Establecimiento de Comercio, Proponente).
3.
Formulario adicional de registro con otras Entidades: Con este
formulario, la Cámara de Comercio envía la información a la Secretaría de
Hacienda Distrital de la ciudad de domicilio con el propósito de llevar a cabo
la inscripción en el Registro de Información Tributaria (RIT) siempre y cuando
las actividades que va a realizar se lleven a cabo en la ciudad de domicilio y
estén gravadas con el Impuesto de Industria y Comercio (ICA).
Estos formularios deben
ser diligenciados completamente y firmados por la Persona Natural.Al
diligenciar formularios, se debe tener en cuenta:
Verifique que el nombre
registrado en el formulario del RUT sea idéntico al registrado en el Formulario
Registro Único Empresarial y Social (RUES) y al formulario adicional de
registro con otras entidades.
Revise que el teléfono
registrado en el formulario del RUT sea idéntico al registrado en el formulario
del RUE y al formulario adicional de registro con otras entidades.
3.6 FORMALIZACIÓN
Para formalizar su creación de la empresa se debe presentar todos los documentos en la Cámara de Comercio y cancelar los derechos de matrícula correspondientes a su empresa.Presente todos los documentos en cualquier Centro de atención Empresarial CAE de la Cámara de Comercio y cancele los derechos de Matrícula correspondientes, para ver las tarifas ingrese:
http://camara.ccb.org.co/documentos/11594_tarifasregistrosp2013f.pdf
Registrar los datos y del formulario CAE para que en la oficina de Industria y Comercio reciban e ingrese su información en la base de datos; este formato debe ser diligenciado, por todos los comerciantes que se inscriban, en el registro mercantil o en el registro de entidades sin ánimo de lucro cuando estas posean establecimiento de comercio, sin importar su naturaleza jurídica.
4. RAZÓN SOCIAL
Para formalizar su creación de la empresa se debe presentar todos los documentos en la Cámara de Comercio y cancelar los derechos de matrícula correspondientes a su empresa.Presente todos los documentos en cualquier Centro de atención Empresarial CAE de la Cámara de Comercio y cancele los derechos de Matrícula correspondientes, para ver las tarifas ingrese:
http://camara.ccb.org.co/documentos/11594_tarifasregistrosp2013f.pdf
Registrar los datos y del formulario CAE para que en la oficina de Industria y Comercio reciban e ingrese su información en la base de datos; este formato debe ser diligenciado, por todos los comerciantes que se inscriban, en el registro mercantil o en el registro de entidades sin ánimo de lucro cuando estas posean establecimiento de comercio, sin importar su naturaleza jurídica.
4. RAZÓN SOCIAL
La
razón Social es el nombre con el que constituye una empresa ya que aparece como
tal en el documento público o privado de constitución o en los documentos
posteriores que la reforman.
5. CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS
6. CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS
5. CLASIFICACIÓN DE LAS EMPRESAS
Según su objetivo
|
Comerciales
|
Personas Naturales
Personas jurídicas
Empresas unipersonales
|
No comerciales con personería Jurídica
|
Sector
cooperativo
Cajas de
compensación familiar
Fondos
mutuos de inversión
Fondos de empleados
Asociaciones mutuales
Sindicatos
Corporaciones civiles
Fundaciones de beneficencia
Otros
|
|
Sin personería Jurídica
|
Sociedades de hecho
Cuentas en participación
Patrimonio autónomo
Consorcios
Uniones temporales
|
|
Según su actividad económica
|
Agropecuarias
|
Producen bienes agrícolas y
pecuarios en grandes cantidades
|
Mineras
|
Explotación de los recursos del
subsuelo
|
|
Comerciales
|
Compra y venta de productos
|
|
Industriales
|
Transforman la materia prima en
productos terminados
|
|
De servicios
|
Prestan un servicio para satisfacer
las necesidades
|
|
Según su tamaño
|
Microempresas
|
Poseen hasta 10 trabajadores
|
Empresas Pequeñas
|
Poseen de 11 a 49 trabajadores
|
|
Empresas Medianas
|
Poseen de 50 hasta 250 trabajadores
|
|
Empresas Grandes
|
Poseen más de 250 trabajadores
|
|
Según la procedencia de capital
|
Empresas privadas
|
Se constituyen o funcionan con
aportes de personas o entidades particulares.
|
Empresas oficiales o publicas
|
Reciben aportes del estado.
|
|
Empresas de economía mixta
|
Reciben aportes de particulares y
del estado
|
6. CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS
CLASIFICACIÓN DE LAS PERSONAS
|
|
PERSONA NATURAL
|
PERSONA
|
DEFINICIÓN
|
|
El Código civil
Colombiano define la persona como:“Son personas todos los individuos de la
especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición: (Art.
74).
Una persona natural
puede inscribirse como comerciante ante la Cámara de Comercio, ejecutar
actividades dirigidas a la producción de bienes y/o servicios, con el fin de
obtener una utilidad, producto de su venta y comprometerse con terceros,
adquiriendo derechos y obligaciones.
Es
aquella que ejerce dicha actividad de manera habitual y profesional a título
personal. Dicha persona asume a título personal todos los derechos y
obligaciones de la actividad comercial que ejerce.
|
Son sujetos que por
ficción jurídica son capaces de ejercer derechos, contraer obligaciones y ser
representadas judicial y extrajudicialmente.
Son de dos clases:
Las personas
jurídicas de derecho público; como la nación y sus entidades
descentralizadas.
Las personas
jurídicas de derecho privado; como las compañías, fundaciones, asociaciones y
corporaciones.
Se llama persona
jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer
obligaciones, y de ser representada judicial y extrajudicialmente.
|
SEMEJANZAS
|
|
De origen: Aparecen en un momento determinado.
De la naturaleza: Son entes que tienen derechos y
obligaciones.
Por el fin: Tienen fines y objetivos que
cumplir.
Por el registro: Deben inscribirse para el control
por parte del estado.
|
|
DIFERENCIAS
|
|
Por el
Origen:
Aparecen en un momento determinado
Por la
naturaleza: Las personas Naturales son biológicas, las Jurídicas
son ficticias.
Por el
fin:
Las personas naturales desaparecen con la muerte, las jurídicas por
disposición de la ley o por resolución de sus miembros.
Por el
registro: Las personas naturales se inscriben en el Registro
Civil y las Jurídicas se inscriben en los diferentes organismos del Estado,
como las Superintendencias o Ministerios especializados.
|
|
7. TIPOS DE SOCIEDADES
De acuerdo con la forma de asociarse, las sociedades pueden ser:
Para
mayor información ingrese a:
Allí encontrara una tabla con información detallada sobre los tipos de sociedades en Colombia.
8. ¿QUIÉNES SON LOS COMERCIANTES?
Comerciante
es toda persona que de manera constante se dedica a realizar actividades
propias del comercio, por su parte el Código de Comercio define como
comerciante a las personas que de manera profesional se dedican a ejecutar
actividades que la ley comercial cataloga como comerciantes.
Dicha
calidad de comerciante se adquiere aun si la persona que se dedica a ello no la
ejerce por sí mismo, es decir, que aunque sea por intermedio de apoderado o
tercera persona se adquiere dicha calidad, de conformidad con lo establecido en
el Articulo 10 del Código de Comercio el cual establece lo siguiente:
“Son
Comerciantes las personas que realmente se ocupan en algunas de las actividades
que la ley considera mercantiles.
La
calidad de comerciante se adquiere aunque la actividad mercantil se ejerza por
medio de apoderado, intermediario o interpuesta persona.”
9. ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE?
Según el Código de Comercio,
Art 19 las obligaciones del Comerciante son:
Matricularse en el registro Mercantil
Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad.
Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales
Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades
Denunciar ante el juez competente, la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles
Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal, (Art. 19 C. de Co.).
10. ¿CUÁLES SON LOS TRÁMITES DE LOS COMERCIANTES?
Los comerciantes legalmente establecidos, o sea los matriculados en la Cámara de Comercio, para tener derecho a ejercer su actividad, de acuerdo con las normas de cada municipio o distrito, deben tramitar los siguientes documentos:
· EL RUT, ante la DIAN.
· La matrícula Mercantil, ante la Cámara de comercio.
· La matrícula de industria y comercio, ante la Tesorería Municipal.
· La patente de sanidad, expedida por la secretaria de Salud Pública
· El certificado del Cuerpo de Bomberos.
· Los certificados Expedidos por las oficinas de Planeación Municipal y de Obras Publicas de acuerdo con la actividad u objeto social del comerciante.
· El paz y salvo de Sayco y Acinpro.
Matricularse en el registro Mercantil
Inscribir en el Registro Mercantil todos los actos, libros y documentos respecto de los cuales la ley exija esa formalidad.
Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales
Conservar, con arreglo a la ley, la correspondencia y demás documentos relacionados con sus negocios o actividades
Denunciar ante el juez competente, la cesación en el pago corriente de sus obligaciones mercantiles
Abstenerse de ejecutar actos de competencia desleal, (Art. 19 C. de Co.).
10. ¿CUÁLES SON LOS TRÁMITES DE LOS COMERCIANTES?
Los comerciantes legalmente establecidos, o sea los matriculados en la Cámara de Comercio, para tener derecho a ejercer su actividad, de acuerdo con las normas de cada municipio o distrito, deben tramitar los siguientes documentos:
· EL RUT, ante la DIAN.
· La matrícula Mercantil, ante la Cámara de comercio.
· La matrícula de industria y comercio, ante la Tesorería Municipal.
· La patente de sanidad, expedida por la secretaria de Salud Pública
· El certificado del Cuerpo de Bomberos.
· Los certificados Expedidos por las oficinas de Planeación Municipal y de Obras Publicas de acuerdo con la actividad u objeto social del comerciante.
· El paz y salvo de Sayco y Acinpro.
1 CONCLUSIONES
Este
trabajo me permitió identificar todo lo relacionado con empresa en su etapa de
creación, a conocer las diferentes clases de empresas, sociedades y personas
que pueden desempeñarse como comerciantes, como también quienes son
comerciantes, cuáles son sus obligaciones y trámites que deben realizar para
tener derecho a ejercer su actividad, de acuerdo con las normas de cada
municipio del país Colombia. Por lo tanto podemos decir que:
Toda
empresa para que pueda cumplir su actividad económica requiere de tres
factores: las personas, el capital y el trabajo.
Para
crear una empresa es necesario tener claro el tipo de actividad económica y
sociedad a desarrollar.
Una
vez formalizada la empresa es necesario que el comerciante realice los trámites
para tener derecho a ejercer su actividad, de acuerdo con las normas de cada
municipio del país en este caso Colombia.
BIBLIOGRAFIA
Sitios Web:
http://www.crearempresa.com.co/Consultas/ConsultaUsoSuelo.aspx
http://camara.ccb.org.co/crearempresa/pasoapasocrearempresa.aspx
http://camara.ccb.org.co/documentos/11594_tarifasregistrosp2013f.pdf
http://camara.ccb.org.co/crearempresa/pasoapasocrearempresa.aspx
http://camara.ccb.org.co/documentos/11594_tarifasregistrosp2013f.pdf
como imprimir el rut El proceso es bastante sencillo incluso podemos hacerlo desde https://www.dian.gov.co/, pero claro podemos hacerlo de forma más sencilla desde el formulario que tenemos más arriba. A continuación te explicare como debes completar dicho formulario.
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